C.D.E. GIMNASIA RÍTMICA MAJADAHONDA
Versión 1.0
Fecha de aprobación: 25 de junio de 2026
Entrada en vigor: 25 de junio de 2026
Revisión prevista: Anual
Delegada de Protección: Noemí Santiago Pérez
CAPÍTULO I. PRESENTACIÓN, COMPROMISO INSTITUCIONAL, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
1. Presentación
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda es una entidad deportiva fundada en 2021 con el objetivo de fomentar la práctica de la gimnasia rítmica en un entorno educativo, saludable y seguro.
Actualmente el club desarrolla su actividad en el municipio de Majadahonda, ofreciendo formación deportiva a más de 130 gimnastas de edades comprendidas entre los 4 años y la categoría sénior, participando tanto en el programa de Deporte Escolar de la Comunidad de Madrid como en competiciones federadas de nivel básica
Además de la actividad ordinaria de entrenamiento y competición, el club organiza exhibiciones deportivas y competiciones, así como tecnificaciones de verano favoreciendo el desarrollo técnico y personal de sus deportistas.
El presente Protocolo constituye el compromiso del C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda con la protección integral de la infancia y la adolescencia, garantizando que todas las actividades desarrolladas por el club se lleven a cabo en un entorno seguro, respetuoso, inclusivo y libre de cualquier forma de violencia.
Este documento pretende ser una herramienta práctica para entrenadoras, familias, gimnastas, personal colaborador y miembros de la Junta Directiva, estableciendo pautas claras de prevención, actuación y protección ante cualquier situación que pueda afectar al bienestar físico, psicológico o emocional de las menores.
2. Declaración institucional
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda considera que el deporte constituye una herramienta fundamental para el desarrollo integral de la infancia y la adolescencia.
Nuestro objetivo no es únicamente formar gimnastas, sino contribuir al crecimiento de niñas y jóvenes responsables, autónomas, seguras de sí mismas y capaces de desarrollar valores como el esfuerzo, el respeto, la cooperación, la solidaridad y el compañerismo.
La protección de las menores constituye una responsabilidad compartida entre la Junta Directiva, el equipo técnico, las familias y todas las personas que forman parte del club.
Por ello, el C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda manifiesta expresamente su compromiso de:
- Garantizar un entorno deportivo seguro para todas las gimnastas.
- Promover una cultura de respeto y buen trato.
- Rechazar cualquier forma de violencia, discriminación, abuso o acoso.
- Escuchar y proteger a todas las menores.
- Actuar con rapidez ante cualquier situación que pueda poner en riesgo su bienestar.
- Favorecer un clima de confianza en el que las gimnastas puedan expresar libremente cualquier preocupación.
Todas las personas vinculadas al club deberán conocer y respetar el contenido del presente Protocolo.
3. Objeto
El presente Protocolo tiene por objeto establecer las medidas de prevención, detección, comunicación e intervención frente a cualquier situación que pueda afectar a la integridad física, psicológica, emocional o moral de las personas menores de edad que participen en las actividades organizadas por el C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Asimismo, pretende fomentar una cultura de buen trato basada en el respeto, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la protección de los derechos de la infancia.
Este Protocolo constituye el instrumento de referencia para todas las actuaciones relacionadas con la protección de menores dentro del club.
- Definiciones:
- Maltrato Físico:
- Mediante una agresión física directa se puede provocar un daño y/o lesión.
- La intensidad del entrenamiento y/o la exigencia de las competiciones exceden las capacidades de desarrollo madurativo.
- Uso de sustancias dopantes.
- Se les obliga a participar en las competiciones con lesiones.
- Hay castigos que provocan dolor físico.
- Maltrato Emocional:
- Las personas menores de edad sufren críticas, insultos, sarcasmo intimidaciones y/o vejaciones reiteradamente.
- Las expectativas sobre el/la menor de edad es muy alta y genera excesiva presión y ansiedad, siendo perjudicial para su salud.
- Se considera que su valía deportiva está ligada a los logros que se alcanzan.
- Aparecen situaciones de rechazo continuas, como excluir de las competiciones y/o entrenamientos o realizar constantes valoraciones negativas.
- Se amenaza con castigo físico si no cumple las expectativas marcadas o a la humillación pública.
- No se permite que entrene con sus compañeros/as sin causa justificada, aislando a la persona menor de edad del resto del equipo.
- Abuso sexual:
- Sin contacto físico: seducción verbal explícita, exposición de los órganos sexuales con el fin de obtener placer sexual, masturbaciones o actos sexuales delante de la persona menor de edad siendo conscientes de que están mirando y buscando la excitación sexual.
- Vejación Sexual: tocar de modo intencionado los órganos sexuales del/la menor de edad. Forzar, alentar o permitir que este tocamiento lo realice el/la menor de edad a la persona adulta.
- Contacto sexual genital: penetración digital o con objetos, sexo oral o penetración anal/vaginal.
- Cualquier situación donde la persona menor de edad es utilizada como objeto de satisfacción sexual.
- Abuso Físico/Negligencia:
- Entrenar con condiciones climáticas extremas sin el uso del equipamiento adecuado y las medidas preventivas necesarias, siendo conocedores/as del prejuicio para la salud que puede causar.
- Obligar a la persona menor de edad a competir en estado de enfermedad o lesivo.
- Acoso:
- Comportamiento prolongado de agresión o intimidación física, verbal o social intencionada, de uno o varios miembros de un equipo o entidad deportiva hacia una compañera o compañero más débil.
- Puede ser ejercido en el propio lugar de entrenamiento, club y/o en el exterior, así como empleando las nuevas tecnologías, y en él pueden participar personas del propio entorno deportivo, club o de varios.
- El bullying:
- Comportamientos agresivos físicos, verbales o psicológicos, no deseados, que se producen entre jóvenes de forma reiterada a lo largo del tiempo, y que causan daño físico, emocional, social o educacional a la víctima.
- Ciberbullying:
- Utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) para hacer bullying, a través de mensajes de texto, redes sociales, teléfono móvil, fotos, videos.…
- Acoso por expresión o identidad de género
- Cualquier comportamiento o conducta que por razones de expresión o identidad de género se realice con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, ofensivo o segregado. Ejemplos de conductas de esta naturaleza:
- Negarse a nombrar a una persona trans (transgénero, transexual.…) como requiere
- utilizar deliberadamente artículos o pronombres no correspondientes al género con el que se identifique
- Expulsar y/o cuestionar a las personas con expresiones o identidades de género no normativas por estar en un baño/vestuario determinado
- Menospreciar las capacidades, las habilidades y el potencial intelectual de la persona en relación con expresión o identidad de género.
- Utilizar humor tránsfobo o intérfobo
- Ignorar o excluir aportaciones, comentarios o acciones por razón de su expresión o identidad de género.
Se consideran cómplices aquellas personas que teniendo conocimiento de una situación de violencia no hacen nada al respecto. Las actitudes pasivas, negación o el silencio de las personas que se encuentran en puestos de toma de decisiones en el ámbito deportivo conllevan que las consecuencias psicológicas del acoso y el abuso sean mayores. La inacción por parte de las personas cómplices hace creer a víctimas de violencia que estos comportamientos son legales, o socialmente aceptables, y que las personas que están en el ámbito del deporte no tienen poder para erradicarlo.
Cualquier persona que tenga sospechas o evidencias de que un/una deportista u otro agente deportivo está siendo objeto de maltrato físico, psicológico o social, está obligada a notificar el caso a los/las responsables de la entidad deportiva (que informarán a la familia), o a las autoridades competentes, sin perjuicio de las actuaciones que procedan en casos de urgencia.
Los responsables deportivos deberán garantizar siempre y en todo lugar los principios siguientes:
- Protección. El objetivo primero es que las ofensas o agresión cesen y no rebroten.
- Intervención eficaz, rápida y no precipitada: Ante hechos violentos detectados se debe intervenir siempre, de forma eficaz y rápida pero no precipitada.
- La respuesta contemplará los dos tipos de medidas: las reparadoras y, si procede, las disciplinarias.
- Discreción y confidencialidad, lo que significa que sólo las personas implicadas en la intervención tendrán conocimiento de los hechos, circunstancias y actuaciones al respecto. Intervención con todo el equipo:
- La intervención se extenderá a todas las y los deportistas implicados: víctimas, participantes en el acoso y testigos.
- Prudencia y sensibilidad en las intervenciones, teniendo en cuenta que este problema genera mucho sufrimiento, tanto en las víctimas como en las familias.
- La discreción de las familias y su colaboración, en la aplicación de las medidas que éste determine, son también requisitos fundamentales.
- Protección de datos personales de acuerdo al contenido de la ley vigente y aplicable al caso concreto.
4. Objetivos
Son objetivos del presente Protocolo:
- Garantizar que todas las actividades del club se desarrollen en un entorno seguro.
- Promover relaciones basadas en el respeto mutuo.
- Prevenir cualquier forma de violencia o discriminación.
- Establecer pautas claras de actuación ante cualquier incidencia.
- Proteger especialmente a las personas menores de edad.
- Favorecer el bienestar físico y emocional de las gimnastas.
- Promover hábitos deportivos saludables.
- Sensibilizar a entrenadoras, familias y deportistas sobre la importancia del buen trato.
- Garantizar la confidencialidad en la gestión de las incidencias.
- Facilitar la actuación coordinada con las autoridades competentes cuando resulte necesario.
5. Ámbito de aplicación
El presente Protocolo se aplicará a todas las actividades organizadas por el C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
En particular comprenderá:
- Entrenamientos ordinarios.
- Entrenamientos extraordinarios.
- Tecnificaciones.
- Competiciones escolares.
- Competiciones federadas.
- Exhibiciones.
- Galas.
- Jornadas de puertas abiertas.
- Actividades de promoción.
- Concentraciones.
- Desplazamientos organizados por el club.
- Cualquier otra actividad deportiva o social organizada por la entidad.
Igualmente se aplicará en todas las instalaciones utilizadas por el club, tanto de forma habitual como ocasional.
6. Personas a las que se aplica
Este Protocolo será de obligado cumplimiento para:
- Junta Directiva.
- Dirección Técnica.
- Entrenadoras.
- Personal auxiliar.
- Personal sanitario o fisioterapeutas que colaboren con el club.
- Personal voluntario.
- Jueces o técnicos invitados durante actividades organizadas por el club.
- Gimnastas.
- Madres, padres o representantes legales.
- Cualquier otra persona que participe o colabore en actividades organizadas por el club.
Todas estas personas deberán respetar las normas contenidas en este documento.
7. Principios de actuación
La actuación del C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda se regirá por los siguientes principios:
a) Interés superior de la menor
Toda decisión adoptada en aplicación del presente Protocolo tendrá como prioridad la protección y el bienestar de la menor.
b) Buen trato
El club promoverá relaciones basadas en el respeto, la escucha, la empatía, la igualdad y la confianza.
c) Prevención
La prevención constituye la principal herramienta para evitar situaciones de violencia, fomentando la formación continua del personal técnico y la sensibilización de familias y gimnastas.
d) Tolerancia cero
El club no tolerará ninguna conducta que pueda suponer violencia física, psicológica, verbal, sexual, discriminatoria o digital.
e) Confidencialidad
Toda la información relativa a posibles situaciones de riesgo será tratada con absoluta reserva, respetando la normativa de protección de datos y los derechos de las personas implicadas.
f) Diligencia
Cualquier comunicación o sospecha será atendida con rapidez, objetividad y profesionalidad.
g) Participación
Las gimnastas serán escuchadas y podrán expresar libremente sus inquietudes, preocupaciones o propuestas de mejora en un entorno seguro.
8. Compromiso con el buen trato
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda entiende el buen trato como la base de toda relación deportiva.
Por ello, el club fomentará un modelo educativo en el que:
- Los errores formen parte del aprendizaje.
- Las correcciones técnicas se realicen siempre con respeto.
- Se valore el esfuerzo por encima del resultado.
- Se favorezca la cooperación entre compañeras.
- Se respeten los distintos ritmos de aprendizaje y desarrollo.
- Se promueva una imagen corporal positiva y saludable.
- Se proteja la autoestima de todas las gimnastas.
- Se eviten comparaciones que puedan generar frustración o exclusión.
- Se priorice el bienestar físico y emocional de las deportistas sobre cualquier resultado competitivo.
El éxito deportivo del club se medirá no solo por los resultados obtenidos en competición, sino también por la capacidad de ofrecer un entorno seguro en el que todas las gimnastas puedan disfrutar del deporte y desarrollarse como personas.
CAPÍTULO II. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN
1. Compromiso del Club
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda asume la protección de la infancia y la adolescencia como una responsabilidad compartida por todas las personas que forman parte del club.
La prevención de cualquier forma de violencia constituye un objetivo prioritario y forma parte de la manera de entender la práctica deportiva de esta entidad.
Todas las personas vinculadas al club deberán contribuir activamente a crear un entorno seguro, respetuoso y de confianza, favoreciendo el bienestar físico, emocional y social de las gimnastas.
La protección de las menores no corresponde únicamente a la Delegada de Protección, sino que implica a la Junta Directiva, entrenadoras, familias, personal colaborador y a las propias gimnastas, cada una desde sus responsabilidades.
2. Organización del sistema de protección
Para garantizar la aplicación del presente Protocolo, el club establece la siguiente estructura de protección:
- Junta Directiva.
- Dirección Técnica.
- Delegada de Protección.
- Equipo técnico.
- Familias.
- Gimnastas.
Cada uno de estos agentes desempeña un papel fundamental en la prevención, detección y actuación ante posibles situaciones de riesgo.
3. Junta Directiva
La Junta Directiva es la responsable de impulsar la política de protección del club y de facilitar los recursos necesarios para su correcta aplicación.
Le corresponde especialmente:
- Aprobar el presente Protocolo y sus futuras actualizaciones.
- Garantizar que todas las personas vinculadas al club conozcan su contenido.
- Designar a la Delegada de Protección.
- Facilitar su formación continua.
- Colaborar con las autoridades competentes cuando resulte necesario.
- Promover un entorno deportivo basado en el respeto y el buen trato.
- Velar por el cumplimiento del presente Protocolo.
4. Dirección Técnica
La Dirección Técnica velará por que la planificación deportiva sea compatible con el bienestar físico y emocional de las gimnastas.
Entre sus funciones destacan:
- Coordinar el trabajo del equipo técnico.
- Promover metodologías de entrenamiento respetuosas con la edad y desarrollo de las deportistas.
- Supervisar que las cargas de entrenamiento sean adecuadas.
- Favorecer una comunicación fluida entre entrenadoras y familias.
- Colaborar con la Delegada de Protección cuando sea necesario.
5. Delegada de Protección
La persona designada por el club para ejercer estas funciones es:
Dª Noemí Santiago Pérez
La Delegada de Protección actuará como persona de referencia para cualquier cuestión relacionada con la protección de las personas menores de edad.
Su actuación estará presidida por los principios de confidencialidad, objetividad, imparcialidad, diligencia y respeto a los derechos de todas las personas implicadas.
Sus funciones principales serán:
- Promover la cultura del buen trato dentro del club.
- Asesorar a entrenadoras y familias.
- Recibir comunicaciones o consultas relacionadas con posibles situaciones de riesgo.
- Escuchar a las gimnastas cuando sea necesario.
- Valorar cada situación de manera objetiva.
- Activar el procedimiento previsto en este Protocolo cuando proceda.
- Mantener un registro confidencial de las incidencias.
- Coordinar las actuaciones con la Junta Directiva.
- Realizar el seguimiento de los casos.
- Promover acciones de sensibilización y formación.
La Delegada de Protección no sustituye a las autoridades competentes ni realiza funciones de investigación policial o judicial, sino que actúa como figura de prevención, apoyo y coordinación dentro del club.
6. Entrenadoras
Las entrenadoras constituyen la principal referencia educativa para las gimnastas durante la práctica deportiva.
Además de su función técnica, deberán contribuir activamente a crear un entorno seguro y positivo.
En particular deberán:
- Tratar a todas las gimnastas con respeto y cercanía.
- Favorecer un clima de confianza.
- Corregir desde un enfoque educativo, evitando humillaciones o descalificaciones.
- Detectar posibles indicadores de malestar.
- Comunicar cualquier situación preocupante a la Delegada de Protección.
- Respetar la intimidad de las gimnastas.
- Mantener una comunicación adecuada con las familias.
- Dar ejemplo mediante su comportamiento.
Las entrenadoras evitarán cualquier conducta que pueda interpretarse como intimidatoria, discriminatoria o abusiva.
7. Familias
Las familias constituyen un elemento esencial para el bienestar de las gimnastas.
El club fomentará una relación basada en la colaboración, el respeto mutuo y la confianza.
Las familias deberán:
- Respetar las decisiones técnicas adoptadas por el equipo de entrenadoras.
- Favorecer una práctica deportiva saludable.
- Comunicar cualquier circunstancia que pueda afectar al bienestar de la gimnasta.
- Colaborar con el club cuando se produzca alguna incidencia.
- Mantener un comportamiento respetuoso durante entrenamientos y competiciones.
No deberán ejercer presión excesiva sobre los resultados deportivos ni realizar comparaciones entre gimnastas.
8. Gimnastas
Las gimnastas son el centro de toda la actividad del club.
Todas ellas tienen derecho a:
- Ser tratadas con respeto.
- Entrenar en un entorno seguro.
- Ser escuchadas.
- Expresar cómo se sienten.
- Equivocarse sin ser ridiculizadas.
- Pedir ayuda cuando la necesiten.
- Participar en igualdad de oportunidades.
Asimismo, deberán comprometerse a:
- Respetar a compañeras y entrenadoras.
- Cuidar el material deportivo.
- Favorecer un ambiente positivo.
- Comunicar cualquier situación que les haga sentir incómodas.
- Utilizar un lenguaje respetuoso.
9. Colaboración entre todos los miembros del club
La protección de la infancia requiere la implicación de todas las personas que forman parte del C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Por ello, el club fomentará una comunicación abierta y respetuosa entre Junta Directiva, entrenadoras, familias y gimnastas, promoviendo la resolución temprana de los conflictos y la prevención de cualquier situación de riesgo.
El objetivo es que todas las personas que participan en la vida del club contribuyan a mantener un entorno donde las gimnastas puedan desarrollarse con seguridad, confianza y bienestar.
10. Compromiso de mejora continua
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda revisará periódicamente el presente Protocolo con el fin de adaptarlo a la evolución de la normativa, a las recomendaciones de las administraciones públicas y a las necesidades detectadas en el funcionamiento del club.
La experiencia adquirida en la aplicación del Protocolo servirá para introducir mejoras que refuercen la protección de las menores y la calidad de la práctica deportiva.
CAPÍTULO III. CÓDIGO DE CONDUCTA Y BUEN TRATO
1. Finalidad
El presente Código de Conducta establece las pautas de comportamiento que deben regir la actuación de todas las personas vinculadas al C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Su finalidad es promover un entorno deportivo seguro, respetuoso e inclusivo, favoreciendo el bienestar físico, emocional y social de todas las gimnastas.
El cumplimiento de estas normas contribuye a prevenir situaciones de violencia, abuso, discriminación o cualquier otra conducta que pueda afectar a la protección de la infancia y la adolescencia.
2. Principios de convivencia
Todas las personas que forman parte del club deberán actuar conforme a los siguientes principios:
- Respeto mutuo.
- Igualdad de trato.
- Educación y cortesía.
- Honestidad.
- Responsabilidad.
- Cooperación.
- Inclusión.
- Escucha activa.
- Empatía.
- Protección del bienestar de las menores.
No se tolerará ningún comportamiento que pueda menospreciar, humillar, intimidar o perjudicar a otra persona.
3. Código de conducta de las entrenadoras
Las entrenadoras representan el principal referente educativo para las gimnastas.
Su comportamiento deberá reflejar en todo momento los valores del club.
Las entrenadoras se comprometen a:
Relación con las gimnastas
- Tratar a todas las gimnastas con respeto, cercanía y educación.
- Utilizar un lenguaje adecuado y positivo.
- Corregir los errores desde una perspectiva educativa.
- Explicar los objetivos de cada entrenamiento.
- Favorecer la confianza y el diálogo.
Durante los entrenamientos
- Adaptar las cargas de trabajo a la edad y nivel de desarrollo.
- Respetar los tiempos de descanso.
- No obligar a entrenar con lesiones o dolor.
- Priorizar la salud sobre el rendimiento deportivo.
- Valorar el esfuerzo por encima del resultado.
Bienestar emocional
Las entrenadoras evitarán:
- Ridiculizar errores.
- Gritar de forma intimidatoria.
- Realizar comentarios despectivos.
- Comparar continuamente a unas gimnastas con otras.
- Amenazar con castigos desproporcionados.
- Utilizar el miedo como herramienta educativa.
Imagen corporal
Consciente de la especial sensibilidad de la gimnasia rítmica respecto a la imagen corporal, las entrenadoras:
- No realizarán comentarios sobre el peso o el aspecto físico de las gimnastas.
- Promoverán hábitos saludables de alimentación e hidratación.
- Derivarán a las familias cualquier preocupación relacionada con la salud, evitando recomendaciones nutricionales que correspondan a profesionales sanitarios.
Contacto físico
Las correcciones manuales forman parte del aprendizaje técnico de la gimnasia rítmica.
No obstante:
- Se realizarán únicamente cuando sean necesarias.
- Se explicará previamente a la gimnasta el motivo de la corrección.
- Serán respetuosas y proporcionadas.
- Se evitará cualquier contacto innecesario.
- Siempre prevalecerá la comodidad y seguridad de la gimnasta.
Comunicación
Las entrenadoras utilizarán preferentemente los canales oficiales del club para comunicarse con las familias.
La comunicación directa con menores se limitará exclusivamente a cuestiones organizativas o deportivas y, siempre que sea posible, se realizará mediante grupos oficiales o con conocimiento de sus familias.
4. Código de conducta de las gimnastas
Todas las gimnastas contribuirán a crear un ambiente positivo dentro del club.
Se comprometen a:
- Respetar a entrenadoras, compañeras, jueces y personal colaborador.
- Escuchar durante las explicaciones.
- Cuidar el material deportivo.
- Mantener las instalaciones limpias y ordenadas.
- Ayudar a las compañeras cuando lo necesiten.
- Aceptar las diferencias individuales.
- Comunicar cualquier situación que les haga sentir incómodas.
- Utilizar un lenguaje respetuoso.
No estarán permitidas conductas como:
- Insultos.
- Burlas.
- Exclusión deliberada de compañeras.
- Difusión de rumores.
- Grabaciones o fotografías sin autorización.
- Comentarios ofensivos en redes sociales.
- Cualquier forma de acoso.
El club fomentará que los conflictos entre gimnastas se resuelvan mediante el diálogo y la mediación, siempre que la situación lo permita.
5. Código de conducta de las familias
Las familias constituyen un pilar fundamental del proyecto deportivo del club.
Su colaboración resulta imprescindible para garantizar el bienestar de las gimnastas.
Las familias se comprometen a:
- Respetar el trabajo del equipo técnico.
- Favorecer la autonomía de sus hij@s.
- Mantener una comunicación respetuosa con entrenadoras y responsables del club.
- Informar de cualquier circunstancia médica o personal relevante.
- Colaborar en la aplicación del presente Protocolo.
- Favorecer hábitos de vida saludables.
Asimismo, evitarán:
- Dar instrucciones técnicas durante entrenamientos o competiciones.
- Desautorizar públicamente a las entrenadoras.
- Comparar a las gimnastas.
- Presionar por resultados deportivos.
- Realizar comentarios despectivos sobre otras deportistas o familias.
- Difundir rumores o conflictos a través de redes sociales o grupos de mensajería.
6. Uso responsable de las redes sociales
Las redes sociales constituyen una herramienta de comunicación y difusión de la actividad deportiva del club.
Su utilización deberá realizarse siempre desde el respeto a los derechos de las personas menores de edad.
En consecuencia:
- La publicación de imágenes de las gimnastas requerirá la autorización correspondiente de sus representantes legales.
- No se compartirán imágenes que puedan resultar vejatorias o perjudiciales para la menor.
- No se difundirán datos personales.
- Se respetará la privacidad de todas las deportistas.
- No se permitirá el uso de redes sociales para insultar, ridiculizar o excluir a otras personas.
El club promoverá un uso responsable de las tecnologías digitales.
7. Vestuarios e intimidad
El respeto a la intimidad constituye un principio básico del presente Protocolo.
En consecuencia:
- Se respetará la privacidad de todas las gimnastas durante el cambio de ropa.
- No se realizarán fotografías ni grabaciones en vestuarios o aseos.
- Solo accederán a los vestuarios las personas cuya presencia resulte necesaria.
- Cualquier incidencia relacionada con este espacio deberá comunicarse inmediatamente a una entrenadora o a la Delegada de Protección.
8. Entrenamientos y competiciones
Durante la actividad deportiva se fomentará un ambiente basado en el aprendizaje, el esfuerzo y el respeto.
Las decisiones técnicas relativas a la composición de conjuntos, participación en competiciones, distribución de ejercicios o planificación deportiva corresponderán al equipo técnico.
Estas decisiones deberán adoptarse utilizando criterios deportivos objetivos, procurando una comunicación clara con las familias y teniendo siempre presente el bienestar de las gimnastas.
9. Situaciones expresamente prohibidas
Se consideran incompatibles con los valores del club, entre otras, las siguientes conductas:
- Cualquier forma de violencia física o verbal.
- Humillaciones públicas.
- Amenazas.
- Intimidaciones.
- Discriminación por cualquier motivo.
- Comentarios ofensivos sobre el físico.
- Favorecimientos injustificados.
- Acoso entre compañeras.
- Castigos desproporcionados.
- Entrenar a una gimnasta lesionada contra criterio médico.
- Difusión de imágenes sin autorización.
- Contacto físico inadecuado.
- Consumo o tenencia de alcohol, tabaco o sustancias ilegales durante las actividades del club.
- Cualquier conducta que pueda vulnerar la dignidad o los derechos de una persona menor de edad.
10. Cultura del buen trato
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda entiende que el mejor sistema de protección consiste en generar una cultura basada en el respeto.
Por ello, todas las personas que forman parte del club deberán contribuir a crear un ambiente en el que las gimnastas:
- Se sientan seguras.
- Disfruten del deporte.
- Confíen en sus entrenadoras.
- Puedan expresar cómo se sienten.
- Aprendan de los errores sin miedo.
- Desarrollen relaciones positivas con sus compañeras.
- Crezcan tanto deportiva como personalmente.
El club promoverá que cada entrenamiento, competición o actividad constituya una experiencia educativa basada en el esfuerzo, la superación personal, la convivencia y el respeto mutuo.
CAPÍTULO V. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE POSIBLES SITUACIONES DE RIESGO O VIOLENCIA
1. Finalidad
El presente procedimiento tiene como finalidad establecer una forma de actuación clara, rápida y coordinada ante cualquier situación que pueda afectar a la seguridad, bienestar o derechos de las gimnastas del C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Todas las actuaciones deberán regirse por los siguientes principios:
- Protección del interés superior de la menor.
- Rapidez en la intervención.
- Confidencialidad.
- Respeto a todas las personas implicadas.
- Presunción de inocencia.
- Colaboración con las autoridades competentes cuando proceda.
- Protección frente a cualquier represalia.
El objetivo principal será siempre garantizar la seguridad y el bienestar de la gimnasta.
2. ¿Qué situaciones deben comunicarse?
Cualquier persona vinculada al club deberá comunicar aquellas situaciones que puedan suponer un riesgo para una gimnasta.
Entre otras:
- Violencia física.
- Violencia psicológica.
- Violencia verbal.
- Acoso entre iguales.
- Ciberacoso.
- Conductas sexuales inadecuadas.
- Comentarios ofensivos sobre el cuerpo o el peso.
- Discriminación.
- Negligencia.
- Entrenamientos incompatibles con el estado de salud de la gimnasta.
- Lesiones ocultadas por miedo a perder la competición.
- Consumo de alcohol o drogas durante actividades del club.
- Amenazas.
- Conductas intimidatorias.
- Difusión de imágenes sin autorización.
- Cualquier otra conducta que pueda afectar al bienestar de una menor.
No es necesario tener la certeza de que exista una situación de violencia. La mera sospecha razonable será suficiente para poner los hechos en conocimiento de la Delegada de Protección.
3. ¿Quién puede comunicar una incidencia?
Podrán comunicar cualquier situación:
- La propia gimnasta.
- Otra gimnasta.
- Cualquier entrenadora.
- La Junta Directiva.
- Las familias.
- Personal colaborador.
- Voluntariado.
- Personal sanitario.
- Cualquier persona que observe una situación preocupante.
No será necesario presentar pruebas para realizar la comunicación.
4. Canales de comunicación
Las incidencias podrán comunicarse a través de cualquiera de los siguientes medios:
- Comunicación directa a la entrenadora.
- Comunicación directa a la Delegada de Protección.
- Correo electrónico oficial del club.
- Formulario interno de comunicación de incidencias.
- Comunicación por parte de las familias.
Cuando la incidencia sea comunicada a una entrenadora, esta deberá trasladarla a la Delegada de Protección en el menor tiempo posible.
5. Actuación inmediata
Cuando se reciba una comunicación, la prioridad será garantizar la seguridad de la gimnasta.
Si existiera un riesgo inmediato:
- Se protegerá a la menor.
- Se evitará el contacto con la persona presuntamente responsable.
- Se informará inmediatamente a la Junta Directiva.
- Se contactará con la familia, salvo que ello pudiera perjudicar a la menor.
- Se pondrán los hechos en conocimiento de las autoridades competentes cuando exista obligación legal.
En ningún caso el club realizará investigaciones propias sobre posibles delitos.
Actuación del Club.
- El Club está obligado a investigar cuantos episodios violentos y generadores de sufrimiento puedan darse, especialmente cuando se sospeche de casos de acoso a deportistas menores.
Todos los integrantes de la entidad deben tener claro que ante episodios de acoso u otro tipo de violencia es imprescindible intervenir y deben ponerlos en conocimiento del/la Delegado/a de protección.
- El Club debe aplicar el protocolo de actuación ante casos de acoso, adaptándolo a las características, necesidades y situaciones concretas, y garantizando siempre los principios de protección, eficacia, discreción, confidencialidad, así como coordinación, prudencia y sensibilidad en las intervenciones.
- El/la Delegado/a de protección es la responsable del proceso. No obstante, ante su ausencia lo será el/la presidente/a de la entidad.
- El/la Delegado/a de protección del Club deberá intervenir siempre ante los casos de acoso de los que se tenga conocimiento, también cuando cualquier deportista o el tutor o tutora legal de un deportista menor lo soliciten por escrito, y cuando las autoridades competentes lo indiquen.
Así mismo el Club pondrá en conocimiento de servicios sociales, o el organismo establecido en la Comunidad autónoma competente a estos efectos, todos los casos de acoso contrastado.
Igualmente, el Club actuará en el caso de que se produzca el acoso a través de las nuevas tecnologías o fuera del recinto y horario de práctica deportiva, si los hechos tienen conexión con la convivencia o la relación interpersonal de los miembros de la entidad deportiva.
Como norma general, en casos de maltrato o acoso constatado en los que no se produzca un cambio inmediato y claro en el comportamiento y actitud de las personas acosadoras, así como una reparación del daño, se aplicará como sanción la expulsión del equipo. No obstante, para erradicar las conductas de acoso lo esencial es la prevención y la intervención a través de la educación en valores.
Conclusión y aplicación de medidas Informe de la investigación
En un tiempo de 14 días desde la presentación de la queja o denuncia, el Equipo de Trabajo deberá aprobar un informe sobre el supuesto de acoso investigado en el que se recogerán las conclusiones, circunstancias agravantes observadas y las medidas disciplinarias oportunas que se hayan propuesto.
Este informe se revisará con la Dirección del Club, para la puesta en marcha de las medidas y la resolución del conflicto.
Si el Equipo de Trabajo no fuera capaz de acumular las pruebas necesarias para que la denuncia pueda ser declarada fundada, la persona denunciante, cuando esta sea la propia presunta víctima, no podrá ser obligada a trabajar o en su defecto, compartir equipo, contra su voluntad con la persona denunciada.
La dirección del Club facilitará el cambio de puesto de trabajo o equipo / categoría, siempre que ello sea posible.
La utilización de este procedimiento no impedirá en absoluto que la presunta víctima pueda recurrir, en el momento que considere conveniente, a la inspección de trabajo o a la vía judicial a través del procedimiento de tutela correspondiente.
Expediente sancionador Con un objetivo disuasorio, del resultado de la investigación realizada y del expediente sancionador, se dará conocimiento suficiente en el ámbito en que la actuación sancionada fue llevada a cabo, respetando en todo caso el derecho a la intimidad de la/s personas afectadas.
Entre las medidas sancionadoras, habrá que tener especial cuidado para mantener un principio de proporcionalidad de acuerdo con la infracción realizada.
Si la violencia fuera ejercida por deportistas: Exclusión temporal o definitiva de la competición, privación de licencia, etc.
Para el caso de acoso entre personas menores de edad, las medidas sancionadoras a aplicar podrían ser: búsqueda de ayuda especializada, privación de licencias, cambios de equipos o entornos de práctica deportiva, exclusión del equipo o en su caso del Club.
Además, las medidas de sanción podrán ser reforzadas con la obligatoriedad de asistir a cursos de acciones de prevenir el acoso, que puedan impartirse desde organizaciones sin ánimo de lucro o la Administración Pública.
Aplicación de medidas disciplinarias. Aparte de proponer medidas disciplinarias y como resultado de la investigación, cabría proponer medidas preventivas para que la situación no vuelva a repetirse, las cuales deberían ser validadas desde la Dirección.
Aplicar las medidas desde una perspectiva socioeducativa, formativa y preventiva además de sancionadora ayuda al desarrollo integral y apoyo de las personas.
La investigación de las diferentes situaciones de acoso puede proporcionar información para revisar la evaluación de riesgos y adoptar nuevas medidas, por lo que las medidas aplicadas podrán ir adaptándose y mejorando continuamente con la práctica.
Control y seguimiento. Será necesario garantizar también el seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas durante el proceso, siendo también importante realizar un seguimiento de las personas involucradas en el mismo.
Se recomienda realizar seguimientos semanales durante un mes para asegurar que se ha contenido la situación de acoso.
Posteriormente, puede extenderse el periodo de evaluación a cada dos semanas y luego cada mes durante un periodo total de seis meses.
Tanto al final del proceso como durante el mismo, el Equipo de Trabajo comunicará a la Dirección de la existencia y evolución de las investigaciones en marcha, siempre salvaguardando las garantías de confidencialidad, sigilo.
Proceso de restauración de la convivencia. Una vez concluido el proceso, se debe realizar un proceso de restauración de la convivencia para crear las condiciones necesarias para abordar las consecuencias negativas y las diferencias originadas por la situación de acoso.
Esto es una oportunidad para que las personas implicadas compartan los efectos y secuelas que ha generado la situación vivida; expongan sus sentimientos y propongan un plan para restaurar la convivencia.
Es un proceso de sensibilización y prevención de futuros incidentes que implica la implicación de todos los miembros para asegurar la restauración de la convivencia, programando medidas como:
- Comunicación asertiva.
- Fortalecimiento de la autoestima.
- Generar el empoderamiento de las personas víctimas.
- Fomentar la cooperación y el sentido de pertenencia de las personas testigos.
- Concienciar a las personas agresoras sobre el daño que puede causar el acoso tanto a la persona como al Club.
- Asegurar que el grupo afectado por el acoso trabaja en el proceso de restauración es necesario, ya que es una forma de romper con los ciclos de generación de nuevas situaciones de acoso y se recuperan las relaciones deterioradas como efecto de la situación de acoso.
Una de las formas de realizar las tareas mencionadas anteriormente podría ser:
- Animar y fomentar que desde los más jóvenes se denuncien las situaciones de acoso que puedan conocer.
- Participar activamente en programas de información y sensibilización para prevenir el acoso.
- Formación en información a las personas trabajadoras de los procedimientos existentes y de las variaciones y alteraciones que estos puedan tener.
- Involucrar a los partícipes a que participen de manera activa en la resolución de los problemas.
- Hacer partícipes a las familias para la comunicación de las denuncias o casos de acoso que pudieran conocer.
Fin del protocolo. El protocolo de actuación no tiene un momento definido de finalización, ya que dependerá de varios aspectos concretos del caso que estemos tratando.
No obstante, son varios los motivos por los que puede finalizar la aplicación del protocolo de cada caso:
- Cuando se resuelve de forma consistente el caso y ha habido reparación y restauración de las relaciones y el ambiente del equipo.
- Cuando finaliza la temporada (salvo si se determina que en la siguiente debe continuar abierto el protocolo).
- Cuando las/los deportistas implicados no continúan en el Club.
- Actuaciones específicas en caso de menores con discapacidad o problemas graves del neurodesarrollo.
Cuando el acoso tenga como motivación la discapacidad, problemas graves del neurodesarrollo, problemas de salud mental, la edad, prejuicios racistas o por lugar de origen, la orientación sexual, la identidad o expresión de género. Se seguirá el anterior protocolo, poniendo en conocimiento urgente de servicios sociales, y/o cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado los hechos para recibir las indicaciones de actuación, traslado de información y colaboración que desde el Club se pueda realizar.
- Acoso a través de nuevas tecnologías (ciberacoso)
Cuando el acoso se lleve a cabo a través de las nuevas tecnologías o dispositivos móviles y se haya menoscabado la intimidad, reputación o el derecho a la protección de datos personales de las personas menores de edad. Se pondrá en conocimiento de las respectivas agencias de protección de datos a los oportunos efectos
6. Funciones de la delegada de Protección
Recibida una comunicación, la delegada de Protección deberá:
- Escuchar a la persona que comunica los hechos.
- Recoger únicamente la información necesaria.
- Evitar preguntas repetitivas o sugestivas.
- Registrar la incidencia.
- Valorar el nivel de riesgo.
- Proponer medidas de protección.
- Informar a la Presidencia del club cuando resulte necesario.
- Realizar el seguimiento del caso.
La Delegada actuará siempre con objetividad y confidencialidad.
7. Clasificación de las incidencias
A efectos organizativos, las incidencias podrán clasificarse en tres niveles.
Nivel 1. Incidencias leves
Situaciones que puedan resolverse mediante medidas educativas o de mediación.
Ejemplos:
- Conflictos puntuales entre compañeras.
- Comentarios irrespetuosos.
- Incumplimiento de normas internas.
- Problemas de convivencia.
La actuación corresponderá al equipo técnico, con conocimiento de la Delegada de Protección.
Nivel 2. Incidencias moderadas
Situaciones que puedan afectar al bienestar de una gimnasta y requieran seguimiento específico.
Ejemplos:
- Exclusión reiterada de una compañera.
- Burlas continuadas.
- Comentarios sobre el físico.
- Posibles casos de ciberacoso.
- Ansiedad significativa relacionada con la práctica deportiva.
- Sospecha de trastorno de la conducta alimentaria.
La Delegada de Protección coordinará la actuación junto con la Junta Directiva y las familias.
Nivel 3. Incidencias graves
Situaciones que puedan constituir una infracción grave o un posible delito.
Ejemplos:
- Violencia física.
- Agresión sexual.
- Abuso sexual.
- Amenazas graves.
- Violencia reiterada.
- Maltrato.
- Cualquier situación que suponga un riesgo grave para la integridad de la menor.
En estos casos se adoptarán de inmediato las medidas de protección necesarias y se comunicará la situación a las autoridades competentes, conforme a la legislación vigente.
8. Entrevista con la gimnasta
Cuando resulte necesario mantener una conversación con una gimnasta:
- Se realizará en un lugar tranquilo y seguro.
- Siempre que sea posible participarán dos personas adultas designadas por el club, una de ellas la Delegada de Protección.
- Se utilizará un lenguaje adaptado a su edad.
- Se evitarán preguntas que puedan condicionar sus respuestas.
- No se prometerá confidencialidad absoluta, explicando que, si existe un riesgo para su seguridad, será necesario informar a las personas o autoridades competentes para protegerla.
- Se respetarán sus tiempos y emociones.
- Se recogerá únicamente la información imprescindible.
La finalidad de la entrevista será escuchar, nunca investigar.
9. Medidas de protección
Mientras se resuelve la situación, el club podrá adoptar, de forma proporcionada y temporal, medidas dirigidas a proteger a la menor, tales como:
- Modificar grupos o turnos de entrenamiento.
- Evitar el contacto entre las personas implicadas.
- Reforzar la supervisión durante entrenamientos y competiciones.
- Adaptar la participación en determinadas actividades cuando sea necesario para garantizar la seguridad y el bienestar de la gimnasta.
Estas medidas no tendrán carácter sancionador y deberán revisarse periódicamente.
10. Comunicación con las familias
Las familias serán informadas cuando resulte necesario para proteger a la menor o gestionar adecuadamente la incidencia.
La información se facilitará con prudencia y respetando la confidencialidad de todas las personas implicadas.
Cuando existan indicios de que informar a la familia puede poner en mayor riesgo a la menor, el club actuará siguiendo las indicaciones de las autoridades competentes.
11. Comunicación a las autoridades
El club colaborará con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Fiscalía, los Servicios Sociales y cualquier otra autoridad competente cuando la naturaleza de los hechos así lo requiera.
Cuando existan indicios de una posible situación de violencia contra una persona menor de edad que deba ponerse en conocimiento de las autoridades, el club actuará sin demora conforme a la normativa vigente.
12. Registro de actuaciones
La Delegada de Protección mantendrá un registro confidencial de todas las incidencias comunicadas.
En dicho registro constarán, al menos:
- Fecha de la comunicación.
- Persona que comunica.
- Descripción objetiva de los hechos.
- Medidas adoptadas.
- Personas intervinientes.
- Seguimiento realizado.
- Fecha de cierre del expediente.
La documentación se custodiará de forma segura y únicamente será accesible para las personas autorizadas.
13. Seguimiento
La intervención no finalizará con la adopción de las primeras medidas.
La Delegada de Protección realizará un seguimiento de la situación para comprobar que:
- La gimnasta se encuentra protegida.
- Las medidas adoptadas han sido eficaces.
- No existen represalias.
- Se ha restablecido un clima adecuado de convivencia.
Cuando sea necesario, se revisarán las medidas inicialmente adoptadas.
14. Cierre de la incidencia
Una incidencia podrá considerarse finalizada cuando:
- Haya desaparecido la situación de riesgo.
- Se hayan aplicado las medidas necesarias.
- La seguridad y el bienestar de la gimnasta estén garantizados.
- Se haya realizado el seguimiento correspondiente.
El cierre será documentado por la Delegada de Protección y archivado en el registro confidencial.
15. Esquema de actuación
Para facilitar la aplicación del presente procedimiento, el club seguirá el siguiente esquema:
Detección o comunicación de una situación ⬇️ Comunicación a la Delegada de Protección ⬇️ Valoración inicial del riesgo ⬇️ Adopción de medidas inmediatas de protección, si son necesarias ⬇️ Información a la Junta Directiva y, cuando proceda, a la familia ⬇️ Comunicación a las autoridades competentes, si existe obligación legal ⬇️ Seguimiento de la situación ⬇️ Cierre documentado de la incidencia
- Contactos de interés
Teléfono del menor
116111
Urgencias
112
Servicios Sociales del Ayuntamiento de Majadahonda*
Teléfono: 916349129
Correo: bienestarsocial@majadahonda.org
Concejalía de Deportes*
Correo electrónico: deportes@majadahonda.org
FUNDACION ANAR
Dirección: Avenida de América, 24, 1º interior, 28028 Madrid
Horario: Abierto 24 horas
Teléfono: 917 26 27 00
Comunidad de Madrid
Delegado/a de protección del Club
Nombre:
Teléfono:
Correo electrónico:
*Si los hechos ocurriesen en instalaciones deportivas municipales, se comunicará a la Concejalía de Deportes y a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Majadahonda.
CAPÍTULO VI. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y MEJORA CONTINUA DEL PROTOCOLO
1. Finalidad
El presente Protocolo constituye una herramienta de trabajo viva, que deberá adaptarse a la evolución de la normativa, a las necesidades del club y a la experiencia adquirida durante su aplicación.
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda asume el compromiso de revisar periódicamente este documento para garantizar que continúa siendo eficaz en la protección de las personas menores de edad y en la promoción de un entorno deportivo seguro.
El objetivo de esta revisión no es únicamente detectar posibles incidencias, sino también reforzar aquellas prácticas que contribuyan al bienestar de las gimnastas y a la mejora continua de la organización.
2. Responsable del seguimiento
La responsabilidad del seguimiento del presente Protocolo corresponderá a la delegada de Protección, en colaboración con la Junta Directiva y la Dirección Técnica.
La delegada de Protección será la encargada de:
- Supervisar la correcta aplicación del Protocolo.
- Asesorar a las entrenadoras y demás personas vinculadas al club.
- Registrar y analizar las incidencias comunicadas.
- Detectar posibles necesidades de mejora.
- Proponer actuaciones preventivas.
- Elaborar un informe anual de seguimiento.
La Junta Directiva prestará el apoyo necesario para que estas funciones puedan desarrollarse adecuadamente.
3. Revisión periódica del Protocolo
El presente Protocolo será objeto de revisión:
- Con carácter ordinario, al menos una vez al año.
- Cuando se produzcan cambios relevantes en la normativa aplicable.
- Cuando se detecten situaciones que aconsejen modificar el procedimiento de actuación.
- Cuando la experiencia adquirida aconseje introducir mejoras.
Las modificaciones serán aprobadas por la Junta Directiva y comunicadas a todas las personas afectadas.
4. Evaluación anual
Al finalizar cada temporada deportiva, la Delegada de Protección realizará una evaluación del funcionamiento del Protocolo.
Esta evaluación tendrá como finalidad comprobar:
- Si las medidas preventivas han resultado eficaces.
- Si el procedimiento de actuación ha funcionado correctamente.
- Si las personas vinculadas al club conocen el Protocolo.
- Si es necesario reforzar la formación o la información.
- Si existen aspectos susceptibles de mejora.
La evaluación podrá realizarse mediante reuniones con el equipo técnico, la Junta Directiva y, cuando se considere oportuno, mediante la recogida de sugerencias de las familias y las gimnastas.
5. Indicadores de seguimiento
Para facilitar la evaluación del Protocolo, el club utilizará, entre otros, los siguientes indicadores:
- Número de incidencias comunicadas durante la temporada.
- Tipo de incidencias registradas.
- Tiempo de respuesta desde la comunicación hasta la adopción de medidas.
- Número de actuaciones preventivas realizadas.
- Acciones formativas desarrolladas.
- Participación de entrenadoras y familias en las actividades de sensibilización.
- Valoración del clima de convivencia dentro del club.
- Necesidades de mejora detectadas.
Estos datos tendrán un carácter exclusivamente interno y servirán para mejorar el sistema de protección del club.
6. Formación y sensibilización
La protección de la infancia requiere una formación continua de todas las personas implicadas.
Por ello, el club promoverá acciones informativas y de sensibilización dirigidas a:
Entrenadoras
Con el objetivo de reforzar conocimientos sobre:
- Buen trato.
- Comunicación con menores.
- Detección de señales de alerta.
- Actuación ante incidencias.
- Prevención de la violencia.
- Bienestar emocional.
Familias
Se facilitará información sobre:
- Valores del club.
- Contenido del presente Protocolo.
- Papel de las familias en la protección de las menores.
- Uso responsable de las redes sociales.
- Comunicación con el equipo técnico.
Gimnastas
La información dirigida a las gimnastas será siempre adaptada a su edad y nivel de comprensión.
Se fomentará que conozcan:
- Sus derechos.
- La importancia del respeto.
- Cómo pedir ayuda.
- A quién pueden acudir si se sienten incómodas o preocupadas.
7. Participación de las gimnastas
El club promoverá la participación activa de las gimnastas en la mejora del entorno deportivo.
Siempre que resulte adecuado a su edad, podrán expresar:
- Sus propuestas.
- Sus inquietudes.
- Sus necesidades.
- Su percepción sobre el ambiente del grupo.
La opinión de las gimnastas será tenida en consideración en aquellas cuestiones relacionadas con su bienestar y convivencia.
8. Compromiso de mejora continua
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda entiende la protección de la infancia como un proceso de mejora permanente.
Por ello, se compromete a:
- Mantener actualizado el presente Protocolo.
- Incorporar las recomendaciones de las administraciones públicas y organismos deportivos.
- Revisar periódicamente sus procedimientos.
- Fomentar una cultura de buen trato en todas las actividades del club.
- Promover la formación continua de su personal técnico.
- Escuchar a las familias y a las gimnastas como parte del proceso de mejora.
El compromiso con la protección de la infancia constituye un elemento esencial de la identidad del club y forma parte de su proyecto educativo y deportivo.
9. Entrada en vigor
El presente Protocolo entrará en vigor una vez aprobado por la Junta Directiva del C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Será difundido entre todas las personas vinculadas al club y estará disponible para su consulta a través de los canales oficiales de la entidad.
Todas las personas sujetas a su ámbito de aplicación deberán conocer su contenido y colaborar en su cumplimiento.
CAPÍTULO VII. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS Y USO DE IMÁGENES
1. Finalidad
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda garantizará el tratamiento confidencial de toda la información relacionada con la protección de las personas menores de edad y velará por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos personales.
La gestión de la información tendrá siempre como finalidad proteger a las gimnastas, respetando su intimidad y evitando cualquier difusión innecesaria de datos personales.
2. Principio de confidencialidad
Todas las personas que intervengan en la aplicación del presente Protocolo deberán actuar con la máxima discreción y confidencialidad.
La información conocida como consecuencia de una comunicación o incidencia:
- Solo será accesible para las personas que deban intervenir en su gestión.
- No podrá compartirse con terceras personas sin causa justificada.
- Se utilizará exclusivamente para la protección de la menor y la correcta gestión de la situación.
La obligación de confidencialidad se mantendrá incluso cuando la incidencia haya finalizado.
3. Tratamiento de la información
La información obtenida durante la aplicación del Protocolo será tratada con respeto a los principios de:
- Licitud.
- Lealtad.
- Transparencia.
- Minimización de datos.
- Exactitud.
- Integridad.
- Confidencialidad.
Solo se recogerán aquellos datos que resulten estrictamente necesarios para valorar la situación y adoptar las medidas oportunas.
No se incorporarán valoraciones personales, opiniones o juicios de valor que no resulten relevantes para la gestión de la incidencia.
4. Custodia de la documentación
Toda la documentación generada como consecuencia de la aplicación del presente Protocolo será custodiada por la Delegada de Protección o por la persona designada por la Junta Directiva.
El acceso a dicha documentación estará restringido a las personas autorizadas.
La documentación se conservará únicamente durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que fue recopilada y de acuerdo con la normativa vigente.
5. Deber de reserva
Las entrenadoras, miembros de la Junta Directiva, personal colaborador y cualquier otra persona que tenga conocimiento de una incidencia deberán abstenerse de:
- Comentar los hechos con personas ajenas al procedimiento.
- Difundir rumores.
- Compartir documentación o imágenes relacionadas con la incidencia.
- Realizar manifestaciones públicas sobre casos concretos.
La protección de la intimidad de las personas menores de edad prevalecerá sobre cualquier otro interés.
6. Protección de la intimidad de las gimnastas
El club adoptará las medidas necesarias para garantizar el respeto a la intimidad de todas las gimnastas.
En particular:
- Se respetará la privacidad durante el uso de vestuarios y aseos.
- No se realizarán fotografías o grabaciones en estas zonas.
- Se evitará la difusión de información personal innecesaria.
- Se protegerá especialmente la identidad de cualquier menor implicada en una incidencia.
7. Uso de imágenes y vídeos
La gimnasia rítmica es una modalidad deportiva en la que la realización de fotografías y vídeos durante entrenamientos, exhibiciones y competiciones resulta habitual.
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda promoverá un uso responsable de las imágenes de las gimnastas.
Con carácter general:
- La captación y utilización de imágenes por parte del club requerirá el consentimiento previo de la madre, padre o representante legal de la menor, salvo en los supuestos legalmente previstos.
- Las imágenes tendrán una finalidad exclusivamente deportiva, educativa o informativa.
- Se evitará la publicación de imágenes que puedan afectar a la dignidad o intimidad de las gimnastas.
- No se publicarán datos personales asociados a las imágenes que permitan la localización o identificación innecesaria de las menores.
Las imágenes publicadas por el club deberán transmitir una imagen respetuosa y positiva del deporte.
8. Fotografías realizadas por las familias
Durante exhibiciones, festivales o competiciones es habitual que las familias realicen fotografías o vídeos de sus hij@s.
El club solicita que dichas imágenes se utilicen exclusivamente con fines personales y familiares.
No deberán difundirse en redes sociales imágenes en las que aparezcan otras menores cuando ello pueda afectar a su derecho a la intimidad o no se disponga de la autorización correspondiente.
Las familias deberán actuar con responsabilidad y respeto hacia todas las gimnastas.
9. Redes sociales y comunicación digital
El club utilizará sus perfiles oficiales para informar sobre la actividad deportiva y difundir los logros de sus gimnastas, respetando siempre la normativa aplicable y las autorizaciones otorgadas.
Las personas vinculadas al club deberán hacer un uso responsable de las redes sociales.
No se permitirá:
- Publicar comentarios ofensivos o despectivos.
- Difundir rumores o conflictos internos.
- Compartir información confidencial.
- Utilizar imágenes de las gimnastas para fines distintos de los autorizados.
Las entrenadoras evitarán mantener conversaciones privadas de carácter personal con menores a través de redes sociales o aplicaciones de mensajería. Siempre que sea posible, la comunicación con las gimnastas se realizará mediante canales oficiales del club o con conocimiento de sus familias.
10. Conservación y destrucción de la documentación
La documentación generada en aplicación del presente Protocolo será conservada de forma segura mientras resulte necesaria para la gestión de la incidencia o para el cumplimiento de las obligaciones legales.
Una vez finalizado dicho plazo, será destruida o eliminada de forma segura, garantizando que no pueda recuperarse ni accederse a su contenido por personas no autorizadas.
11. Transparencia y acceso a la información
El presente Protocolo estará a disposición de todas las personas vinculadas al C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda.
Las familias podrán solicitar información sobre su contenido, funcionamiento y medidas preventivas adoptadas por el club.
No obstante, la información relativa a incidencias concretas solo será accesible a las personas legitimadas para ello y en los términos previstos por la normativa vigente.
12. Compromiso del club
El C.D.E. Gimnasia Rítmica Majadahonda considera que la confidencialidad constituye un elemento esencial para generar confianza entre las gimnastas, las familias y el equipo técnico.
Todas las personas vinculadas al club deberán actuar con responsabilidad, discreción y respeto hacia la intimidad de las menores, contribuyendo a crear un entorno en el que las gimnastas puedan sentirse seguras para comunicar cualquier situación que les preocupe.
La protección de los datos personales y de la privacidad forma parte del compromiso del club con el buen trato y la protección integral de la infancia y la adolescencia.
Norma interna sobre el uso de teléfonos móviles durante los entrenamientos
Durante los entrenamientos, las gimnastas no utilizarán teléfonos móviles salvo autorización expresa de la entrenadora por motivos organizativos o de urgencia.
Las entrenadoras evitarán el uso de dispositivos móviles durante la sesión, salvo cuando sea necesario para el desarrollo de la actividad (control de música, cronometraje, grabación técnica de ejercicios o comunicación urgente).
La grabación de ejercicios con fines de corrección técnica solo podrá realizarse por las entrenadoras o por personas autorizadas por el club, respetando siempre las autorizaciones de imagen existentes.
En ningún caso podrán difundirse dichas grabaciones fuera del ámbito deportivo sin la autorización correspondiente.